Demanda de paternidad en Chile: cómo determinar judicialmente la filiación
Cuando un hijo o hija no ha sido reconocido por su padre, la paternidad puede ser determinada judicialmente.
La acción de reclamación de filiación permite solicitar ante un Juzgado de Familia que se establezca legalmente quién es el padre, utilizando los antecedentes disponibles y, especialmente, pruebas biológicas como el examen de ADN.
Determinar la filiación no solo permite establecer jurídicamente la paternidad. También puede producir efectos en materias como alimentos, derechos sucesorios, apellidos y otras relaciones familiares.
En Machuca Legal podemos revisar los antecedentes y evaluar la estrategia jurídica adecuada para iniciar una acción de filiación.
Evaluar mi situación¿Qué ocurre si el padre no ha reconocido a su hijo o hija?
Que una persona no haya reconocido voluntariamente a un hijo o hija no significa que la paternidad no pueda determinarse.
En Chile, la filiación puede quedar establecida por distintas vías. Tratándose de una filiación no matrimonial, puede producirse mediante el reconocimiento voluntario del progenitor o por una sentencia judicial dictada en un juicio de filiación.
Por eso, cuando no existe reconocimiento voluntario, es posible presentar una demanda de reclamación de filiación para que sea el tribunal quien determine jurídicamente la paternidad.
Esta situación debe distinguirse de aquellos casos en que ya existe otra persona determinada legalmente como padre. Cuando existe una filiación previa, el análisis es diferente y puede ser necesario impugnar esa filiación conjuntamente con la reclamación de la nueva.
¿Quién puede presentar una demanda de paternidad?
La acción de reclamación de filiación no matrimonial corresponde principalmente al hijo o hija respecto de quien se pretende determinar la paternidad.
Cuando se trata de un niño, niña o adolescente, la acción puede ser ejercida en su interés por quien tenga su representación legal.
Esto es importante porque jurídicamente el derecho que se está ejerciendo pertenece al hijo o hija. No se trata simplemente de un conflicto entre las personas adultas involucradas.
En determinadas situaciones, además, el tribunal puede adoptar medidas para asegurar que los intereses del niño, niña o adolescente se encuentren debidamente representados durante el procedimiento.
¿Cómo se determina la paternidad en un juicio?
Los juicios de filiación permiten utilizar distintos medios de prueba.
Pueden resultar relevantes antecedentes documentales, comunicaciones, fotografías, testigos, circunstancias relacionadas con la época de la concepción y otros elementos que permitan reconstruir los hechos.
Sin embargo, en la práctica, la prueba pericial biológica ocupa un lugar especialmente importante.
El Código Civil permite que el tribunal otorgue a la prueba biológica, por sí sola, valor suficiente para establecer o excluir la paternidad.
Por eso, en muchos procedimientos de filiación, uno de los elementos centrales será la realización de un examen de ADN.
¿Es obligatorio realizarse un examen de ADN?
Cuando existe controversia respecto de la paternidad, el tribunal puede ordenar la realización de una prueba pericial biológica.
La ley contempla expresamente situaciones en que esta prueba debe ser ordenada durante el procedimiento, especialmente cuando la persona demandada niega la paternidad, manifiesta dudas o no comparece en determinadas etapas del juicio.
El examen normalmente es realizado por el Servicio Médico Legal o por un laboratorio idóneo determinado conforme a las reglas legales.
Aunque la prueba de ADN tiene una relevancia probatoria muy alta, jurídicamente un juicio de filiación no debe reducirse simplemente a “hacerse un ADN”. Existen otras reglas probatorias que pueden ser relevantes dependiendo de las circunstancias de cada situación.
¿Qué ocurre si el supuesto padre se niega al examen de ADN?
La negativa a realizarse la prueba biológica puede producir consecuencias importantes.
Pero no es correcto afirmar que una sola inasistencia significa automáticamente que la persona queda declarada padre.
La ley considera que existe negativa injustificada cuando la persona, después de haber sido citada en dos oportunidades y bajo el apercibimiento correspondiente, no concurre a realizarse el examen.
Cuando se cumplen estos requisitos, la negativa genera una presunción legal respecto de la paternidad o maternidad, o de su ausencia, según corresponda.
El tribunal debe igualmente dictar sentencia y verificar que se encuentren cumplidas las condiciones que establece la ley.
La paternidad también puede acreditarse por otros antecedentes
El sistema chileno no se basa exclusivamente en la genética.
El Código Civil reconoce, por ejemplo, la posesión notoria de la calidad de hijo, que puede configurarse cuando durante un período prolongado una persona ha sido tratada públicamente como hijo o hija, ha recibido ese trato dentro de la familia y ha sido reconocida socialmente en esa condición.
En situaciones excepcionales, la posesión notoria puede incluso entrar en tensión con una prueba biológica.
Esto demuestra que la filiación puede involucrar no solamente la verdad genética, sino también la historia familiar y la identidad desarrollada por una persona.
¿Se pueden pedir alimentos mientras se tramita la paternidad?
Sí.
Una vez reclamada judicialmente la filiación, la ley permite solicitar alimentos provisionales durante la tramitación del juicio.
Esto no significa que la sola presentación de la demanda genere automáticamente una pensión.
El tribunal debe resolver la solicitud considerando los documentos y antecedentes presentados. Por esa razón, cuando se solicitan alimentos provisionales resulta importante acompañar desde el inicio antecedentes que permitan sustentar tanto la reclamación de paternidad como las necesidades del hijo o hija y, cuando sea posible, la situación económica de la persona demandada.
La determinación definitiva de una pensión de alimentos se rige, además, por sus propias reglas.
¿Qué efectos produce una sentencia que determina la paternidad?
Una sentencia firme que acoge una demanda de filiación establece jurídicamente la relación entre el padre y el hijo o hija.
Posteriormente, esa determinación debe reflejarse en la inscripción correspondiente del Registro Civil.
La filiación puede producir diferentes consecuencias personales y patrimoniales.
Entre ellas se encuentran materias relacionadas con alimentos, derechos sucesorios, apellidos, representación y otras relaciones familiares.
El cuidado personal, la relación directa y regular y la patria potestad son instituciones distintas y tienen reglas propias.
Filiación, cuidado personal y patria potestad no son lo mismo
Filiación
La filiación determina jurídicamente quiénes son los progenitores de una persona.
Cuidado personal
Se relaciona con la crianza, convivencia y cuidado cotidiano del hijo o hija.
Patria potestad
Tiene principalmente efectos relacionados con la representación legal y los bienes del hijo o hija no emancipado.
Relación directa y regular
Regula la forma en que el progenitor que no tiene el cuidado personal mantiene contacto con el hijo o hija.
Estas instituciones están relacionadas, pero no son equivalentes.
Por eso, una sentencia que determina la paternidad no significa, por sí sola, que se entregue automáticamente el cuidado personal ni que quede establecido inmediatamente un determinado régimen de relación directa y regular.
¿El padre obtiene automáticamente un régimen de visitas?
No.
La determinación de la filiación y la relación directa y regular son materias jurídicas diferentes.
Una vez determinada la paternidad, cualquier discusión respecto de la relación entre el progenitor y el hijo o hija debe analizarse de acuerdo con las reglas propias de la relación directa y regular, considerando especialmente el interés superior del niño, niña o adolescente.
Existen además situaciones en que la forma en que la paternidad fue determinada judicialmente puede producir consecuencias sobre los derechos del progenitor.
Por eso no es correcto asumir que una sentencia de paternidad genera automáticamente un régimen de visitas.
¿Qué ocurre si la paternidad se determina contra la oposición del padre?
El Código Civil contempla una regla especial cuando la filiación debe ser determinada judicialmente contra la oposición del progenitor.
En esas situaciones, la ley puede privarlo de la patria potestad y de determinados derechos que normalmente tendría respecto de la persona y bienes del hijo o hija.
La sanción no elimina, en cambio, las obligaciones que existen en beneficio del hijo.
También puede producir importantes consecuencias sucesorias para el progenitor.
No toda demanda de paternidad produce automáticamente esta sanción. Para que resulte aplicable es necesario analizar si jurídicamente existió una verdadera oposición a la determinación de la filiación.
Por eso, la conducta desarrollada durante el procedimiento puede ser especialmente relevante.
¿Qué pasa si ya existe otra persona inscrita como padre?
En ese caso el problema jurídico cambia.
Si una persona ya tiene una filiación determinada y se pretende establecer otra filiación incompatible, la ley exige ejercer simultáneamente:
No basta simplemente con presentar una nueva demanda de paternidad.
Antes de iniciar el procedimiento resulta fundamental revisar el certificado de nacimiento actualizado y determinar exactamente cuál es la situación registral existente.
¿Qué ocurre si el supuesto padre ha fallecido?
La reclamación de filiación después del fallecimiento del supuesto progenitor presenta reglas especiales y puede ser considerablemente más compleja.
El Código Civil contempla determinadas situaciones en que la acción puede dirigirse contra los herederos del progenitor fallecido y establece reglas especiales de legitimación y plazo.
Además, esta materia ha generado importantes discusiones jurisprudenciales relacionadas con el derecho a la identidad y con la posibilidad de investigar la filiación después de la muerte del supuesto progenitor.
Por esa razón, cuando existe fallecimiento no conviene aplicar automáticamente las reglas de una demanda ordinaria de paternidad. Es necesario revisar específicamente la fecha del fallecimiento, las circunstancias del nacimiento, la existencia de herederos y los posibles efectos sucesorios del procedimiento.
¿Hay que realizar mediación antes de demandar paternidad?
No.
Las acciones de filiación se relacionan con el estado civil de las personas y no se encuentran sujetas a mediación previa obligatoria.
Por lo tanto, para presentar una demanda cuya materia sea exclusivamente la determinación judicial de la paternidad no se requiere un certificado de mediación frustrada.
La situación puede ser diferente cuando, junto con la filiación, se pretende discutir otras materias como alimentos, cuidado personal o relación directa y regular, porque estas tienen reglas propias de mediación.
¿Cómo se desarrolla una demanda de paternidad?
En términos generales, el procedimiento comienza con la presentación de una demanda ante el Juzgado de Familia competente.
Una vez admitida a tramitación, debe notificarse a la persona demandada y posteriormente se realizan las audiencias correspondientes.
Durante el procedimiento pueden discutirse los antecedentes de la reclamación, ofrecerse medios de prueba y ordenarse la realización de la prueba biológica.
Si el tribunal acoge la demanda, la sentencia determina jurídicamente la filiación y posteriormente debe practicarse la subinscripción correspondiente ante el Registro Civil.
La duración y complejidad del proceso pueden variar según la forma en que se desarrolla la controversia, la posibilidad de notificar al demandado, la realización de la prueba biológica y las demás circunstancias del caso.
Preguntas frecuentes sobre demandas de paternidad
¿Puedo demandar si el padre nunca reconoció a mi hijo?
Sí. La ausencia de reconocimiento voluntario no impide solicitar judicialmente que se determine la paternidad. Si no existe otra filiación paterna determinada, puede ejercerse una acción de reclamación de filiación.
¿Puedo iniciar la demanda aunque hayan pasado varios años?
Como regla general, el derecho a reclamar la filiación es imprescriptible e irrenunciable. Sin embargo, existen situaciones especiales —especialmente cuando ha fallecido alguna de las personas involucradas— en que deben revisarse reglas particulares de legitimación y plazo. También debe distinguirse la acción de filiación de sus consecuencias patrimoniales, porque estas últimas pueden encontrarse sujetas a prescripción.
¿Qué pasa si el padre reconoce la paternidad durante el juicio?
La legislación contempla la posibilidad de que exista reconocimiento durante la tramitación. Dependiendo del momento y de la forma en que se produzca, puede simplificar considerablemente el procedimiento y permitir que la filiación quede determinada sin necesidad de continuar toda la controversia probatoria.
¿Se puede determinar la paternidad sin ADN?
Sí, jurídicamente existen otros medios de prueba. Sin embargo, la prueba biológica tiene una importancia central y puede ser suficiente por sí misma para determinar o excluir la paternidad. La ausencia de ADN no significa necesariamente que una acción sea imposible, pero obliga a analizar cuidadosamente los demás antecedentes disponibles.
¿Qué ocurre si el padre no quiere hacerse el examen?
Una sola inasistencia no produce automáticamente la determinación de la paternidad. Cuando se cumplen las dos citaciones exigidas por la ley y ambas se realizan bajo apercibimiento, la negativa injustificada puede generar una presunción legal.
¿Puedo pedir pensión de alimentos antes de que termine el juicio?
La ley permite solicitar alimentos provisionales una vez reclamada judicialmente la filiación. Su otorgamiento debe ser resuelto por el tribunal considerando los antecedentes acompañados.
¿Una sentencia de paternidad significa que el padre obtiene inmediatamente el cuidado personal?
No. La filiación establece jurídicamente la relación de parentesco. El cuidado personal se rige por normas diferentes y debe analizarse según la situación familiar concreta y el interés superior del hijo o hija.
¿Qué ocurre si mi hijo ya tiene otra persona inscrita como padre?
Debe analizarse una acción de impugnación junto con la reclamación de la nueva filiación. La ley exige que ambas pretensiones se ejerzan simultáneamente cuando la nueva filiación es incompatible con la que ya se encuentra determinada.
¿Dónde debo presentar la demanda de paternidad?
La demanda debe presentarse ante el Juzgado de Familia competente. En las acciones de reclamación de filiación, la ley permite a quien demanda elegir entre el tribunal correspondiente a su propio domicilio o el del domicilio de la persona demandada. Esta regla facilita el acceso al procedimiento, especialmente cuando ambas partes viven en comunas o ciudades diferentes.
Asesoría en demandas de paternidad y filiación
Una acción de filiación puede parecer sencilla cuando existe la posibilidad de realizar un examen de ADN, pero sus consecuencias jurídicas pueden extenderse mucho más allá de la prueba biológica.
Antes de demandar conviene revisar la situación registral actual, quién puede ejercer la acción, los antecedentes disponibles, la eventual existencia de otra filiación, la posibilidad de solicitar alimentos provisionales y los efectos que puede producir una sentencia.
Machuca Legal asesora en acciones de reclamación de filiación y en las materias de familia relacionadas con sus efectos.
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